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Asóciate

1-Naturaleza del asociado o asociada

DEsde micoEd se establecen los siguientes modelos de socia-os;

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Asociados individuales: las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

  •  Ser mayor de edad.

  •  Que, ya sea como profesional autónomo o como trabajador por cuenta ajena, su actividad laboral esté relacionada con el sector de la micología forestal aplicada, su aprovechamiento, formación del sector, actividades de micoturismo y la producción de setas y trufas o cualquier otra actividad con un impacto económico, social, cultural o ambiental relacionado con el recurso fúngico.

  • Haber abonado las cuotas establecidas por la Asamblea General (20 € anuales) y haber completado correctamente el proceso de admisión, aportando los datos y documentos requeridos. 

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Entidades Asociadas corporativas: las personas autónomas, empresas y organismos públicos que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que su actividad económica, empresarial o social, legalmente constituida, incluya como apartado estratégico o esté relacionado con el sector de la micología forestal aplicada, su aprovechamiento, formación del sector, actividades de micoturismo y la producción de setas y trufas o cualquier otra actividad con un impacto económico, social, cultural o ambiental relacionado con el recurso fúngico.

  • Haber abonado las cuotas establecidas por la Asamblea General (150 € anuales) y haber completado correctamente el proceso de admisión, aportando los datos y documentos requeridos.

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Socia-o protector: todas las personas, entidades u organismos que deseen participar económicamente con la asociación sin que por ello tengan ninguna obligación ni derechos como la persona asociada ordinaria o entidades asociadas coorporativas.

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2-Derechos de las personas o entidades asociadas.

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Asociados individuales

  • Participar en cuantas actividades organice la Asociación, siempre que se cumplan los requisitos o condiciones específicas de acceso a los mismos.

  • Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener para sus asociados.

  • Elevar a la Junta Directiva todo tipo de propuestas y comunicaciones.

  • Participar en la vida de la Asociación, asistiendo a las reuniones de su Asamblea, con derecho de voz y voto, pudiendo delegar su representación, a tal efecto, en otro asociado.

  • Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.

  • Figurar en el fichero de socios/as, y hacer uso de la marca y logotipo de la Asociación para difundir su pertenencia a la misma, siempre que cumplan el manual de uso y aplicaciones aprobado a tal efecto.

  • Cualesquiera otros que les sean reconocidos o se deriven de los Estatutos.

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Entidades Asociadas corporativas

Podrán tener derecho a todas las anteriores además de;

  • Apoyo colectivo para el reconocimiento de su actividad en el sector como entidad estatal de Educación y Desarrollo.

  • Promoción a través de la página web, comunicaciones y cualquier otro medio de comunicación que sea de la asociación de la marca o nombre comercial de la empresa corporativa que participa.

  • Asesoramiento técnico y legislativo para el desarrollo de sus actividades.

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3-Para ser socia o socio debemos

  • Cumplir lo dispuesto en los Estatutos y en cuantos acuerdos sean válidamente adoptados por los Órganos de Gobierno de la Asociación.

  • Prestar la colaboración que sea necesaria en interés del buen funcionamiento de la Asociación.

  • No entorpecer directa o indirectamente las actividades de la Asociación, ni realizar actos que comprometan su prestigio.

  • Contribuir al sostenimiento económico de la Asociación a través del pago de la cuota anual que al efecto tenga aprobada la Asamblea (con la excepción de los socios colaboradores en este punto). Los asociados no asumirán responsabilidad alguna por las deudas de la Asociación sino hasta el límite de las cuotas debidas.

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